Desde esta campaña 2015/16, será obligatorio para los productores de soja y trigo declarar la cantidad de semilla de ‘uso propio’ -cosechada en el ciclo anterior- cuando el monto de la facturación anual sea superior a 1,80 millones de pesos.

trigo

La medida fue dispuesta el lunes tras su publicación en el Boletín Oficial como Resolución 1760/15 del Instituto Nacional de Semillas (inase) que revalida una normativa vigente desde 2007 (resolución 80/07).

Según la disposición, a partir de la campaña 2015/16 los productores que superen ese valor de cosecha y usen semilla de ‘uso propio’ de trigo y/o soja deberán presentar ante el Inase una Declaración Jurada sobre el origen de la semilla utilizada o reservada.

En lo que respecta a trigo, los productores deberán informar superficie sembrada, kilogramos de semilla utilizada, variedades y documentación que avale su origen.

En cuanto a soja, antes próximo 30 de junio (el martes de la semana que viene) deberán informar al Inase la cantidad de semilla reservada para uso propio, variedades y el lugar donde se encuentra almacenada.

Soja

Una vez cumplidos tales requisitos, “el Inase entregará al productor el certificado de semilla de soja de uso propio”, indica la resolución 1760/15. “El productor agropecuario procederá a rotular los envases de la semilla de soja de uso propio, para lo cual podrá usar copia del certificado emitido por el Inase”.

La nueva normativa indica ahora que la información proporcionada por los productores “podrá ser complementada con otros registros existentes o a crearse a efectos de facilitar el control y la fiscalización de la comercialización y uso de semilla”.

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