El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación informa que se publicó el Decreto N° 847/2019 que establece una desgravación en los derechos de exportación de cueros, que iban del 5% al 10%, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Exportacion de cueros

La medida, que tendrá un límite máximo de 2.000.000 de unidades pieza, busca alivianar la carga tributaria que pesa sobre las ventas externas de estos productos y que generó una importante contracción en el sector pecuario y una pérdida de competitividad del cuero argentino en los mercados externos.

En este sentido, se busca revertir los indicadores negativos de la economía argentina, mediante acciones concretas destinadas a superar la crisis que atraviesa dicho sector, eliminando las trabas y restricciones que limiten su plena capacidad de desarrollo, teniendo como meta el fortalecimiento de su producción, de las economías regionales y de los mercados pecuarios en general.

De esta manera, se deja sin efecto los derechos de exportación del 5% y el 10%, establecidos en el Decreto N° 1126/17; manteniéndose el límite del monto a pagar, determinado en una suma de pesos por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda, que se fijó en el Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018 pautado hasta el 31 de diciembre de 2020.

El cupo se distribuirá de acuerdo a la faena entre enero y noviembre de 2019, según informó la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios de este Ministerio.