Mediente el decreto número 410/2021 publicado el lunes pasado en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional decidió dejar de cobrar derechos de exportación a unos 70 productos agroindustriales de economías regionales.

Algunos de los sectores beneficiados son: la producción de abejas, huevos, pimienta y otras especies aromáticas; semillas de papa, girasol y arroz, entre otros cultivos; aceites y jugos de varias frutas, caseína, albumina y maní.

En los considerandos se señala que «Se identificó, en una primera revisión, la potencialidad de determinadas economías regionales en términos de crecimiento de las inversiones, la producción y las exportaciones con impacto en todas las provincias del país, y se fijó para esos productos un derecho de exportación del 0%».

«Desde la publicación de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, se han dictado varias normas en las que se procuró reducir la alícuota del derecho, con especial atención en la generación de valor agregado en el país», se señala.

El Gobierno recordó que mediante el Decreto N° 230/20 se fijaron las alícuotas de Derechos de Exportación para diferentes mercaderías, en su mayoría productos agroindustriales e industriales.

Escalas de retenciones

En otro Decreto, el número 1060/20, se fijaron las alícuotas de Derechos de Exportación para mercaderías, en su mayoría de origen agroindustrial e insumos básicos industriales, y propuso una escala de alícuotas «regida por una lógica de promoción del desarrollo e incentivo a la producción y la agregación de valor nacional y de las exportaciones de las cadenas productivas con mayor presencia territorial y potencial de creación de empleo».

«Mediante ese decreto, se procuró defender la sostenibilidad y progresividad fiscal, así como la simplicidad normativa», señaló el gobierno, aclarando que con esta decisión se «procuró mantener la lógica de diferenciación por agregación de valor introduciendo una alícuota del 4,5% para insumos básicos industriales».

También se aseguró que «Resulta necesario introducir ciertas modificaciones a lo dispuesto en el Decreto N° 1060/20, siempre dentro de los márgenes establecidos en la proyección de recursos del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, donde sigue siendo prioritaria en el diseño de la política tributaria la contribución de los Derechos de Exportación a la sustentabilidad fiscal».